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Sábado, 18 de Mayo de 2024
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06/05/2014

Alegaciones al Reglamento Orgánico de los Distritos del Municipio de Lorca

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS DISTRITOS DEL MUNICIPIO DE LORCA

 

-   El Pleno del Ayuntamiento de Lorca, en Sesión Ordinaria celebrada el día 31 de Marzo de 2014, acordó aprobar inicialmente el ?Reglamento Orgánico de los Distritos del Municipio de Lorca?.

-   El día 15 de Abril de 2014, el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 87, mediante la publicación número 5173, anuncia que se somete a información pública y audiencia durante un plazo de 30 días dicho acuerdo, para que los interesados puedan examinar y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

-   La Junta Directiva de la Asociación de Vecinos de Campillo, en reunión celebrada el día 1 de Abril de 2014, tras el estudio del Reglamento citado, acordó presentar alegaciones al mismo. Dichas alegaciones han sido presentadas conjuntamente en un escrito firmado por 17 Asociaciones Vecinales reunidas a tal efecto el día 28 de Abril de 2014 en el Centro Social de Campillo.

 

Con respecto al Reglamento citado, la Asociación de Vecinos de Campillo manifiesta:

 

1º) Su disconformidad con el procedimiento seguido para la elaboración de este Reglamento, en el que se pretende regular las Juntas de Distrito y de Barrio o Pedanía y la participación de los vecinos en las mismas. Cuando estamos hablando de ?participación ciudadana?, no se puede entender un proceso tan poco participativo como el llevado a cabo para elaborar este nuevo Reglamento, donde no se ha tenido en cuenta para nada la opinión del amplio movimiento vecinal y asociativo con el que cuenta la ciudad de Lorca y su término municipal.

 

2º) Consideramos que el Reglamento propuesto, en su conjunto, desarrolla unos órganos de gestión desconcentrada y una participación ciudadana muy institucionalizada, burocratizada y excesivamente dirigida desde el poder municipal, dejando muy poco espacio a una participación activa, comprometida y cercana al ciudadano. 

 

3º) Los vocales que van a componer las Juntas de Barrio o Pedanía, el órgano básico de participación más cercano al ciudadano, van a ser designados ?a dedo? por los partidos políticos, extrapolando los resultados de la elecciones municipales, y no elegidos directamente por los propios vecinos. Con ello, los vecinos quedan relegados a simples espectadores en la elección de sus representantes más próximos. Además, aquellos que no se vean identificados con ninguno de los grupos políticos con representación municipal quedan automáticamente marginados del proceso. Todo esto resta representatividad a estos órganos de gestión, que puede propiciar falta de compromiso y desinterés por la participación.

 

Pretender hoy día reducir la participación a lo que permitan los canales diseñados por los poderes públicos, privando a nuestros Barrios y Pedanías de las ventajas de un sistema que enriquezca la participación no politizada de nuestros vecinos, es desconocer la importancia de la actividad asociativa de Lorca y una visión torpe de la realidad social en la que nos encontramos.

 

3º) Consideramos que para un Municipio como Lorca, el segundo más grande de España, con la idiosincrasia y problemática que caracteriza a cada uno de sus barrios y pedanías, el porcentaje mínimo del 2% del presupuesto anual reservado a los Distritos es insuficiente para dar respuesta satisfactoria a sus necesidades. 

 

Teniendo en cuenta los anteriores motivos y dado que el reglamento objeto de exposición pública no responde por completo a las expectativas reales de participación que esperábamos,

 

SOLICITAMOS:

A.      Que los vocales de las Juntas de Barrio o Pedanía sean elegidos por los propios vecinos en listas electorales abiertas, mediante una tercera urna (junto a la local y autonómica), o en día distinto si la legislación actual no la permite, en la que figuren todos aquellos que libremente deseen presentarse, bien a propuesta de los grupos políticos o de manera independiente.

Modificación del párrafo segundo del Artículo 9.1. y del Artículo 10.1

 

B.      Elevar el porcentaje mínimo de los recursos presupuestarios fijados a los Distritos, y quede establecido de una forma clara, precisa y equitativa los criterios a la hora de distribuir los fondos asignados a cada Distrito y Junta de Barrio o Pedanía.

Modificación del Artículo 4.

 

Campillo, 28 de Abril de 2014


Asociación de Vecinos de Campillo - Carretera Almenara, 56-A - Telf: 670 57 27 29 - Fax:
email: aavv.campillo.lorca@hotmail.com, C.I.F.:

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