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07/01/2021

QUEMA DE RASTROJOS Y RESTOS DE PODA

El Boletín Oficial de la Región de Murcia del día 5 de Enero de 2021 (BORM núm.3), publicó la nueva Orden Regional que regula las medidas fitosanitarias a adoptar en caso de acumulación de restos vegetales.

La nueva Orden detalla explícitamente que las quemas agrícolas están prohibidas (quema de rastrojos y demás restos vegetales procedentes de la poda), excepto para evitar la propagación de plagas, reducir su población, mitigar sus efectos, o conseguir su erradicación de los organismos nocivos y en los cultivos. Para este caso, y como actuación previa, la Orden establece la necesidad de presentar una Declaración Responsable del titular de la explotación, acompañada obligatoriamente de un informe técnico emitido por un asesor en Gestión Integrada de Plagas.

La Declaración Responsable deberá presentarse ante la Consejería de Agricultura, para acreditar la existencia del riesgo fitosanitario de la explotación y la imposibilidad de lograr su eliminación alternativa mediante otros sistemas como el triturado o el picado.

Las sanciones podrán ir hasta los 900 euros en caso de infracciones leves y las graves hasta 45.000 euros.

En pdf superior se publica la citada Orden.


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