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Miércoles, 8 de Mayo de 2024
REIVINDICACIONES -- ANTENAS TELEFONIA MOVIL

A principios de 2015 se presentaron en Campillo las primeras quejas vecinales por la instalación de una antena de telefonía móvil, asunto que pusimos en conocimiento de la Alcaldía en nuestro escrito de fecha 3 de Febrero de 2015 (registro de entrada nº 3.027). Hasta la fecha, la única respuesta recibida a nuestra consulta ha sido un breve escrito del Servicio de Actividades y Obras del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Lorca, comunicando que entre los años 2001 hasta el 2015 la “Mercantil Vodafone España S.A.U.” ha solicitado licencia para acondicionamiento de infraestructura y equipamiento de telecomunicaciones en Campillo, polígono 183, parcela 63.

Entendemos que un tema de tanta sensibilidad social no puede quedar ahí. Es cierto que por ahora no se ha demostrado que estas antenas causen perjuicios a la salud, aunque tampoco se ha podido establecer lo contrario, es decir, que no produzcan ningún daño. Existen infinidad de trabajos de investigación (podríamos decir que un abanico de informes para todos los gustos y opiniones), pero ninguno concluyente. Este galimatías de estudios científicos, unido a la opaca información por parte de la Administración y a la mucha permisibilidad que observamos con las empresas que se disputan este enorme mercado, hacen que el ciudadano se encuentre lleno de dudas y sospechas y con la sensación de estar completamente indefenso en este asunto.

Por ello, comprendemos la preocupación que muestran nuestros vecinos, por la repercusión que podría tener para su salud, pero sobre todo para la de sus hijos, la proximidad de esta antena a sus viviendas y a una gasolinera. Porque, si se establecen distancias de seguridad de 100 metros para colegios y hospitales ¿Por qué a los demás distancia “0”?. Si se prohíbe el uso del móvil en las estaciones de servicio ¿Por qué nos colocan una antena prácticamente encima de una de ellas?. Si no existe ningún riesgo para la salud con este tipo de instalaciones ¿Por qué las compañías aseguradoras establecen en sus clausulas, y en letra pequeña, el no cubrir los riesgos que se desprendan de la actividad de las antenas de
telefonía móvil?.

Consideramos que nuestro Ayuntamiento es el primero que debe velar por la salud de sus ciudadanos y exigir se extremen las medidas de seguridad en temas tan sensibles como el que nos ocupa, y no mirar para otro lado aludiendo que no es de su competencia.

Por todo lo expuesto, solicitamos:

1º) Que mientras no se determine con suficiente certeza si existe o no riesgo para la salud con las antenas de telefonía móvil, nuestro Ayuntamiento aplique, tal como aconseja la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 27 de Mayo de 2011, el “Principio de Precaución”. Principio que también está recogido en el artículo 27.3 de la Ley 33/2011, de 4 de Octubre, General de Salud Pública.

Por ello, y ante la gran invasión de este tipo de antenas que nos tememos se va a producir en los próximos años, proponemos la celebración de un Pleno monográfico donde, además de quedar clara la posición de cada Grupo Político con respecto a este tema, se aprueben unas normas básicas para preservar la salud de los ciudadanos, es decir, medidas para aplicar el Principio de Precaución citado anteriormente.

2º) Que a la hora de conceder licencias de obra para antenas de telefonía móvil en Campillo, se tenga en cuenta que la Pedanía, por su extensión, cuenta con mucho espacio libre de viviendas para su ubicación, antes de autorizarlas en lugares donde existe una gran concentración de las mismas.

Asociación de Vecinos de Campillo - Carretera Almenara, 56-A - Telf: 670 57 27 29 - Fax:
email: aavv.campillo.lorca@hotmail.com, C.I.F.:

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